Cómo calcular la indemnización por despido improcedente

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Si los tribunales dictaminan la improcedencia de un despido, significa que no se ha demostrado ante el juez  el incumplimiento laboral del trabajador o el de los requisitos formales que establece la ley. En estos casos, el resultado de la interposición de la demanda puede derivar en la readmisión del trabajador en su puesto o en el cobro de una indemnización. En el caso de optarse por la indemnización, el importe que deberá abonarse al trabajador depende de lo establecido en la normativa. Actualmente, tras la reforma laboral de 2012 a través del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, se modifica la cuantía de la indemnización por despido improcedente, pero se hace sin efecto retroactivo. A la hora de hacer cálculos, ello se traduce en dos posibilidades:

  • Que el contrato se formalizase antes de entrar en vigor el RD, en cuyo caso la indemnización se calculará en base a 45 días de salario por año de servicio por el tiempo cotizado hasta esa fecha.
  • Que su formalización fuese posterior, correspondiendo entonces 33 días de salario por el tiempo cotizado posterior a esta fecha.

Además, hemos de tener en cuenta que existe un límite indemnizatorio máximo, si bien de nuevo se crean dos situaciones distintas en función del periodo calculado sea anterior o posterior a la reforma. Es así que el importe resultante no podrá ser superior a 720 días de salario, excepto si el cálculo resultase un número de días superior y éste correspondiese al periodo anterior a la reforma. En todo caso, el importe nunca podrá ser superior a las 42 mensualidades, con un tope de 24 meses tras la reforma.


Cómo calcular la indemnización

Para calcular la indemnización de un trabajador despedido de forma improcedente hemos de hacer una serie de cálculos, que explicamos paso a paso:

  • En primer lugar, calcularemos el dinero que se cobra al día dividiendo el sueldo anual entre los 360 días que tiene un año.
  • Después multiplicaremos el sueldo diario (resultado obtenido) por el número de días de indemnización que correspondian, es decir, 33 después de la reforma laboral y 45 antes, para así obtener la cifra final de la indemnización.

Por ejemplo, un trabajador que lleve dos años en la empresa con un sueldo de 30.000 euros anuales, tendría una ganancia de unos 83 euros al día que, multiplicados por el número de jornadas de indemnización  (33 después de la reforma) -83 por 66 jornadas correspondientes a dos años, nos daría como resultado que tu indemnización por despido improcedente sería de alrededor de 5478 euros. Para calcular si nos hemos excedido del tope de los 24 meses, multiplicaremos el plazo correspondiente por los años trabajados. Siguiendo con el ejemplo, multiplicaremos los 33 días por los 2 años, con un total de 66 días. Ahora dividiendo este resultado entre las 30 jornadas que tiene un mes el resultqado serán 2 meses, por lo que la respuesta es negativa.

Indemnizar por la falta de preaviso en el despido

Además de la indemnización a la que se pueda o no tener derecho por despido improcedente, a todo trabajador le corresponde su finiquito, nombre que engloba las cantidades ya generadas por su trabajo que todavía no habían sido abonadas por la empresa. Normalmente, el finiquito corresponde a la parte proporcional de vacaciones no disfrutadas, así como de las pagas extraordinarias. En la liquidación o finiquito también puede incluirse la indemnización por incumplimiento del plazo de preaviso, puesto que no implica improcedencia del despido al poder subsanarse con el pago de los 15 días de preaviso obligatorio. Se trata, lógicamente, de una opción válida únicamente en el caso de despido objetivo, ya que en el disciplinario el preaviso no es obligatorio. El preaviso, de este modo, se sustituirá por una indemnización equivalente al salario de los días de preaviso no respetados. Salvo que el convenio colectivo diga otra cosa, por norma general es de 15 días.


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