Tengo mi modelo de factura rectificativa por impago. ¿Ahora qué hago?

modelo factura rectificativa por impago
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Siempre han existido clientes morosos que no pagaban las facturas. Sin embargo, desde que comenzó la crisis económica, el número de facturas impagadas se ha visto incrementado considerablemente. Pese a no haber cobrado la factura, como empresario tienes la responsabilidad de cumplir con tus obligaciones fiscales y abonar el IVA de dichas facturas. Pero ¿puedes hacer algo para recuperar este impuesto? Afortunadamente, la normativa prevé este tipo de situaciones y actúa en consecuencia, para paliar, o al menos no agravar más, tu situación económica. Si te encuentras en esta situación y deseas recuperar el IVA ingresado de tus facturas impagadas, deberás emitir una factura rectificativa por impago. No obstante, para poder solicitar la devolución de este porcentaje ya abonado, deberás cumplir una serie de condiciones obligatorias:

  1. En primer lugar, deberá haber transcurrido un año desde que se emitió la factura no cobrada. En el caso de aquellas empresas cuyo volumen de operaciones no haya excedido la cantidad de 010.121,04 euros, en el año natural anterior, el tiempo será de 6 meses. En el caso de que el cobro de la factura fuera a plazos, el tiempo deberá contarse desde que venció el plazo o plazos impagados, y no desde la fecha de facturación.
  2. En segundo lugar, la factura tiene que estar reflejada en los libros de registro obligatorios.
  3. En tercer lugar, tú, como destinatario, debes actuar como empresario o profesional. En casos de no cumplir esta condición, para poder solicitar el importe, la base imponible, sin incluir el IVA, deberá ser superior a 300 euros..
  4. En tercer lugar, es necesario que demuestres que hayas reclamado la deuda bien por vía judicial o por medio de requerimiento notarial. También puedes solicitarlo cuando el deudor se encuentre en concurso de acreedores.

Es preciso aclarar que  el IVA no te será devuelto, sino compensado en tu próxima declaración.

 


Pasos para reclamar la devolución del IVA

Si cumples con los requisitos expuestos, una vez vencido el plazo de un año desde que se emitió la factura impagada, o seis meses, según sea tu caso, podrás proceder a la reclamación de su devolución. Estos son los pasos que debes seguir.

  1. Redacta tu factura rectificativa por impago. Para que tu factura rectificativa sea válida, deberás tener en cuenta una serie de requisitos a la hora de elaborarla. Ésta debe señalar claramente que se trata de una factura rectificativa y ha de indicar cuál es la factura original que va a rectificar.
  2. Tienes un plazo de 3 meses para poder emitir tu factura rectificativa. Es decir, transcurrido el plazo inicial de un año, o seis meses según el caso, dispones de otros tres meses para poder presentar tu factura rectificativa. En el supuesto de que la empresa esté en concurso de acreedores, el plazo será de un mes desde su publicación.
  3. No te olvides de enviar copia de tu factura rectificativa al destinatario o deudor.
  4. Antes de que transcurra un mes desde la emisión de tu factura, deberás comunicar la modificación , por vía electrónica,  a la Administración de la Agencia Estatal dela Administración Tributaria (AEAT).
  5. Junto a la solicitud emitida a Hacienda, deberás enviar el código de asiento de registro. Éste se consigue al registrar electrónicamente, en el apartado “Aportar documentación necesaria” la copia de las facturas rectificativas y los documentos que acrediten la reclamación judicial o notarial por impago. Además, de la relación de facturas rectificativas si fuera necesario.


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