IRPF 2015: reducción de los tramos impositivos
Básicamente, la actualización de las retenciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para los años 2015 y 2016 ha supuesto una reducción en los diferentes tramos y tipos. En la práctica, la reforma ha supuesto de forma simultánea un aumento de la nómina y, por pasiva, una disminución de la recaudación impositiva. Es decir, a los contribuyentes la empresa les retiene un menor porcentaje en concepto del IRPF, por lo que se reduce con respecto al año anterior. Con el mismo sueldo bruto, por lo tanto, los trabajadores tendrán una nómina algo más abultada, tal y como pretendía el gobierno, pues el objetivo de esta reforma fiscal no es otra que aumentar el salario como medida de impulso económico. Por lo tanto, si bien individualmente la diferencia no es significativa, a nivel agregado como medida fiscal para la mejora de la renta disponible puede hacer una diferencia como acicate para incentivar el crecimiento.
La nueva ley de IRPF reduce los tramos impositivos
La reducción de los tramos y de sus tipos impositivos que se traduce en un incremento del salario y la reducción de la carga impositiva es consecuencia de la entrada en vigor de la nueva ley de IRPF, una medida que según el gobierno, además permitirá ahorrar 9.000 millones de euros. En general, los tramos se simplifican y sufren modificaciones. Con respecto a las cifras máximas y mínimas, el nuevo tipo de IRPF 2015 marginal más alto se sitúa en un 47 por ciento (frente al anterior, de un 52 por ciento), mientras el tipo mínimo se reduce hasta un 20 por ciento, bastante menor que el porcentaje anterior, de un 24,75. Para conocer los tipos que se aplicarán durante el periodo 2015 y 2016 es importante tener en cuenta que su aplicación es progresiva. Por lo tanto, se hace necesario consultar la tabla correspondiente de cada ejercicio, como el cuadro informativo de retención aplicable facilitada por la Agencia Tributaria en su página web. En última instancia, si bien durante 2015 se aplican los tipos máximos y mínimos mencionados (de un 47 y 20 por ciento, respectivamente), el próximo año éstos se reducirán hasta un tipo mínimo de un 19 por ciento y un máximo de un 45 por ciento.
Novedades para pymes y autónomos
Las reducciones también afectan a los empresarios y profesionales de un modo favorable en lo que se refiere al IRPF. De hecho, la menor retención es una de las novedades fiscales para pymes y autónomos en 2015. Durante este año, en las facturas se aplicará un 21 por ciento de retención, frente al 19 por ciento del año pasado, y se pasará a un 18 por ciento en el 2016. En autónomos y pymes con un volumen de facturación inferior a 15.000 euros (y siempre que la cantidad represente al menos un 75 por ciento de sus rentas totales) su retención será del 15 por ciento, una reducción de 6 puntos con respecto al año anterior (21 por ciento). Como se ha mencionado, el resto de autónomos y empresas pasarán del 21 por ciento al 19 por ciento durante todo el 2015, y un punto menos a partir de 2016.
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