Responsabilidad y tipo de contrato en las empresas familiares

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Uno de los aspectos clave para el buen funcionamiento de las empresas familiares es tener una buena estructuración del tipo de contrato en relación con el tipo de puesto y la responsabilidad asociada al mismo.  

Muchas veces puedes encontrarte con que las relaciones contractuales, tanto de los cargos familiares como los que son ocupados por no familiares, carecen de definiciones correctas lo que provoca una confusión entre las motivaciones y los sentimientos que se dan entre los familiares y las relaciones contractuales a las que debe dar lugar. De la misma forma se confunden los papeles de directivo y miembro de la familia empresaria. Este tipo de confusiones puede bloquear la evolución de la empresa y derivar en futuros conflictos en el ámbito, por ejemplo, de la sucesión.


Tipos de contrato para los miembros de la familia

      • Familiares consejeros o miembros del consejo de administración u órgano similar.

La relación de este tipo de familiares con la empresa es únicamente mercantil y es en los estatutos de la misma dónde se indicarán cuáles son sus deberes y los derechos. Ausencia de relación laboral.

      • Familiares directivos.

Relación contractual ordinaria pero puede que se le hayan otorgado por parte del conejo facultades para intervenir en actos jurídicos o en operaciones de la actividad de la empresa.

      • Familiares con cargos de máxima responsabilidad.

Se trata de una autoridad de máxima responsabilidad y autonomía, sólo limitada por los puntos establecidos en el consejo de administración. A este tipo de familiares correspondería aplicar un tipo de contrato que se rige por la Ley de Contratos de Alta Dirección para poder “otorgarles máximas facultades de representación, gestión, administración e intervención en el tráfico jurídico”.

Falta de definición contractual en la empresa familiar

Los estudios indican que la empresa familiar en nuestro país no ha definido en su gran mayoría una relación clara entre responsabilidad y tipo de contrato. Las consecuencias de estas indefiniciones pueden llevar a tu empresa a una situación crítica cuando se producen cambios en el consejo o hay que destituir a gestores con muchos años de trabajo. No será lo mismo que los contratos se rijan por el Estatuto de los Trabajadores o a la Ley de Contratos de Alta Dirección. Si en tu empresa existe un deseo claro de tender a la profesionalización es necesario que se refleje en el tipo de contrataciones. Procura informarte sobre los tipos de contrato que existen y de qué manera se relacionan con la responsabilidad asumida. También debe quedar clara la diferencia entre directivo y miembro de la familia propietaria.


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