Convenios de doble tributación

En este texto, analizamos un concepto que tiene un importante significado en el ámbito fiscal: la doble imposición. Esta es una circunstancia que afecta a un empresario cuando debe pagar un tributo por una misma cuestión en dos ocasiones en un mismo periodo temporal.
La naturaleza del hecho imponible puede derivar en esta situación de carácter económico y legal. Dicha variable determina el pago de un impuesto ante el que tiene que responder el sujeto. Y este es un tema que implica de manera directa a empresas que están presentes en más de un destino.
¿En qué supuestos es posible tributar dos veces?
Existen algunos ejemplos que clarifican las dudas que surgen en torno a esta pregunta. Imagina el caso de un profesional que ya ha finalizado su etapa laboral. Esa persona jubilada vive en un lugar en el que reside y tiene su proyecto de vida en la actualidad. Pero recibe una pensión procedente de otro país. Sin embargo, aunque puede darse esta circunstancia, cada persona debe informarse y asesorarse de manera individual para conocer la normativa aplicable en cada caso. Ya que también existen convenios para evitar la doble imposición.

¿Cuál es el objetivo de este tipo de acuerdo de doble tributación?
La norma promueve la realización de inversiones exteriores y los efectos positivos derivados de las mismas. Y, a su vez, impulsa las relaciones económicas en un ámbito que se caracteriza por ser bidireccional.
Este tipo de alianza alcanzada entre países formaliza una regulación para evitar que el sujeto tenga que asumir un doble tributo, con la ventaja que eso supone.
Descubre la lista de convenios alcanzados hasta el momento
Entre los correspondientes convenios de doble imposición que han sido firmados por España, podemos mencionar algunos de ellos. Por ejemplo, los llevados a cabo con Alemania, Chile, Italia, Andorra, Ecuador, Eslovenia, Uruguay, Australia, Bolivia o Estonia. Cada acuerdo tiene unas características concretas. El alcanzado con Grecia evita la doble imposición en relación a los impuestos sobre herencias.
España también tiene convenios con Chipre, Georgia, Jamaica, Noruega y Venezuela. En este último caso, el objeto de esta regulación gira en torno a las rentas que proceden del ejercicio de la navegación aérea o marítima. Malta, Moldavia, Lituania, Malasia, Omán, Panamá, El Salvador, Barbados, Corea del Sur y Cabo Verde también forman parte de esta lista que puedes leer en su totalidad en la página web de la Agencia Tributaria.
Las medidas mencionadas en relación con este tema, regulan situaciones que se presentan de manera habitual en la sociedad actual, marcada por el dinamismo. Y, en ese caso, el derecho internacional ofrece una respuesta ante ese tipo de casos.
Islandia, Marruecos, Polonia, Singapur, Nigeria, Irán, Eslovaquia, Filipinas, Armenia, Nueva Zelanda y Túnez también han alcanzado acuerdos con España. La información de cada convenio de doble tributación, que tiene una aplicación bidireccional, se publica en el Boletín Oficial del Estado. El BOE es una fuente de información que muchas personas consultan con frecuencia para conocer novedades en relación con distintos asuntos.
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